En su más reciente comunicado, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión / CIRT, publica las siguientes declaraciones que permiten comprender el status de los Lineamientos sobre Derechos de las Audiencias y Derecho de Réplica:
- 1. Reconoce la CIRT el diálogo y apertura con las autoridades, lo que dará certeza a la industria, a sus comunicadores y a la audiencia que la componen millones de personas de forma cotidiana.
- Importante apuntar que el objetivo es que se alcancen Lineamientos que consideren la autorregulación de los medios para definir su política relacionada con la «libertad editorial». También analizan la viabilidad económica de la radio y la televisión en México en relación con las redes sociales y las plataformas extranjeras (Nota de la RevistaPantalla: esto es porque una sobrerregulación a los medios mexicanos atraería una falta de posibilidad de hacer rentable un medio de comunicación privada ante la no regulación de las redes sociales y plataformas que hoy son sus competidores y no están regulados).
- 3. La CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones del Gobierno de México) ya aclaró que solo intervendrá a solicitud de un quejoso, y será para atender temas procedimentales y no de política editorial (Nota de la RevistaPantalla: esto significa que el Consejo Regulador de Telecomunicaciones, organismo que sustituye al IFT, solo intervendrá para recibir y dar cauce a la queja o petición de alguien que tenga alguna consideración relacionada con los Derechos de las Audiencias, siempre entendiendo que el medio de comunicación en su momento habrá publicado el nombre del Defensor de la Audiencia, el Código de Ética del Medio y también el Procedimiento para abri la puerta a los Derechos de las Audiencias y su mecanismo explícito que indique con precisión cómo se atenderán los comunicados de las audiencias al medio. O sea, la CRT no sanciona en ningún momento temas relacionados con política editoria o libertad de expresión, sino lo haría solo por tres razones: Primero, el Medio debe designar un Defensor de las Audiencias, AL NO HACERLO PUEDE RECIBIR UNA SANCIÓN; Segundo, el Medio debe publicar el Código de Ética, AL NO HACERLO PUEDE RECIBIR UNA SANCIÓN; Tercero: el medio debe dar a conocer el mecanismo para que se dé cauce a las quejas del público, lo que incluye el Derecho de Réplica, AL NO HACERLO PUEDE RECIBIR UNA SANCIÓN).
- La CIRT confirma su compromiso absoluto con la libertad de expresión y apoya el Derecho de las Audiencias, se muestra convencidad que fortalecen la democracia y el régimen de libertades.
Ahora se celebra el período de Consulta ABIERTA A CUALQUIER PERSONA QUE QUIERA PARTICIPAR con el objetivo de conformar Lineamientos de Derechos de las Audiencias que sean aplicables y béneficos para el desarrollo de la industria en mancuerna con el público y la libertad de expresión. Aquí el link para participar.









































